Me han despedido por absentismo ¿se puede hacer algo?
Tras la última reforma laboral, cada vez son más habituales los denominados despidos por absentismo, consistentes en el despido de un trabajador por reiteradas faltas de asistencia al trabajo aun cuando las mismas estén justificadas. Ahora bien: ¿que requisitos tiene este despido y que se puede hacer frente a él?
Hay dos supuestos en los cuales el empresario puede optar por este tipo de despido:
Primer supuesto: Se aplica en el caso de que el trabajador tenga unas faltas de asistencia al trabajo que alcancen el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos. Además, el total de sus faltas de asistencia en los 12 meses anteriores debe alcanzar el 5% de las jornadas hábiles. A estos efectos:
- Para computar el plazo de 12 meses, el día a partir del cual debe contar hacia atrás dichos 12 meses es la fecha del despido.
- En esos 12 meses de tiempo total, debe tomar dos meses consecutivos en los que se alcance el 20% de las ausencias.
Ojo: se toman para determinar el porcentaje solo los días laborables, de tal forma que faltando solo cuatro días en un mes se podría dar el caso de que se supere ya el porcentaje.
Segundo supuesto: También se puede despedir si las faltas de asistencia alcanzan el 25% de las jornadas hábiles en cuatro meses discontinuos dentro de un período de 12 meses. Cada uno de esos cuatro meses se debe computar de fecha a fecha y no por meses naturales.




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